9/7/09

Que no leñe!

Vamos a ver, ¿Que parte de NO no ha entendido la SGAE? ¡La N o la O?

Resulta que hace ya tiempo que la SGAE perdió los juicios por lo penal contra muchas webs que tenían enlaces a descargar de contenido protegido así que decidieron abrir juicios por lo civil. Lo que hacen es pedir el cierre cautelar de la web para que nadie pueda acceder a ella mientras dura el juicio :(

Lo bueno es que casi todos los jueces les han dicho que no, pero este caso contra la web de Elrincondeljesus.com es especial, la resolución judicial se pone a favor del demandado alegando el derecho a copia y que el acusado en ningún caso posee o se lucra de ello. Como resumen me ha quedado bien porque no es que sea cortito el texto xD Os dejo aquí la sección mas importante:

En el presente caso el análisis de la concurrencia de los anteriores presupuestos pasa por la determinación de los hechos que se declaran probados. A la vista de las alegaciones de ambas partes se considera acreditado:

A) Que el demandado es titular y administra el sitio web www.elrincondejesus.com.

B) Que en dicha página web se ofrece, a través del sistema de menús y referencias visuales de las obras, la posibilidad de descargar archivos de música, películas documentales etc.. mediante el sistema de enlace o “línks” a la llamada red P2P eDonkey que utiliza el programa eMule.

C) Que algunos de los archivos, cuya posibilidad de descarga se ofrece, son obras musicales del repertorio de la entidad demandante.

D) Mediante estas redes P2P, usuarios de la red que instalen el citado programa, pueden descargarse en su ordenador, archivos, entre otros, de música o películas etc. . ., procedentes de los discos duros de otros usuarios que se encuentren en la misma red y utilicen el mismo programa, en un sistema cuyo buen funcionamiento dependerá del número de usuarios que tengan copia del archivo que se está descargando y en el que el usuario que descarga favorece la descarga de otros usuarios al tener parte del archivo descargado, u otros archivos en su ordenador, que fueron descargados a través del programa Emule.

A la vista de los informes periciales aportados por ambas partes se puede tener como acreditado que en la página web www. elrincondejesus.com, no se almacenan ninguno de los archivos cuya referencia se indica, limitándose a ofrecer la posibilidad de descarga a través de la citada red P2P. Asimismo se tiene como acreditado que el Sr. G. C. no percibe cantidad alguna directa o indirectamente relacionada con el servicio que ofrece en su página web, la cual es de acceso gratuito, sin que en la misma existan referencias publicitarias de terceros anunciantes.

Así las cosas, dentro del marco provisional de las medidas cautelares, se ha de analizar si la concreta actividad que desarrolla el Sr. G. es susceptible de vulnerar alguno de los derechos de propiedad intelectual invocados por la demandante. Antes de nada resulta preciso acotar la referida actividad. A la vista de los hechos que se han declarado probados, de las alegaciones de ambas partes y de las periciales aportadas puede concluirse que la página web www.elrincondejesus.com, es una especie de menú de obras musicales y videográficas, con portadas y carteles publicitarios de obras protegidas por derechos de propiedad intelectual, a través del cual se puede acceder a la red P2P de eDonkey, que utiliza el programa eMule. Dicho de una manera gráfica si la red P2P se puede considerar un almacén de archivos (o “tienda virtual”) al que se accede por los usuarios de Internet para descargar principalmente música y películas, la página web titularidad del demandado vendría a ser el cartel publicitario de parte del contenido de dicho almacén. Por tanto, se ha de analizar, primero si nuestra actual legislación sobre propiedad intelectual prohíbe “el almacén”, para ver si la actividad que desarrolla el demandado es contraria a la ley y si, en relación con lo anterior, la petición que formula la SGAE en este procedimiento se ajusta a derecho.
En primer lugar es preciso destacar que considero que en la actual Ley de Propiedad Intelectual no se prohíben, con carácter general, las redes P2P. Dicho de otro modo, los comportamientos y actividades que se desarrollan en estas redes no encuentran un acomodo claro y específico en los comportamientos que prohíbe la ley, en especial la reproducción, distribución y comunicación pública sin autorización. Por ello, la actividad desarrollada por el demandado difícilmente encuentra acomodo en los actos típicos de la Ley.

Las redes P2P, como meras redes de transmisión de datos entre usuarios de Internet no vulnera, en principio, derecho alguno protegido por la Ley de Propiedad Intelectual. Hay parte del “gran almacén”, que contiene archivos que no son protegidos. También hay obras que ya no son objeto de protección porque ha transcurrido el plazo de duración de los derechos y hay obras que cuya protección no está encomendada, en este caso concreto, a la SGAE. Por tanto, resulta necesario delimitar claramente obras protegidas y comportamientos que pueden infringir la LPI.

Por lo que se refiere a la reproducción, el art. 18 dice que “Se entiende por reproducción la fijación directa o indirecta, provisional o permanente, por cualquier medio y en cualquier forma, de toda la obra o de parte de ella, que permita su comunicación o la obtención de copias”. Sin duda, siguiendo la sentencia de la AP de Barcelona, sección 15ª , citada por la parte actora, de fecha 29 de septiembre de 2006, cuando se digitaliza una obra y se fija en un medio que permite su comunicación y la obtención de copias, se está ejecutando un acto de reproducción, concretamente con la carga y almacenamiento de material digitalizado en la memoria del ordenador (o de otro sistema que lo retenga de modo estable) . No obstante, considero que la descarga de la obra en la red P29 que supone bajada y subida de datos o archivos previamente digitalizados, previamente fijados en el soporte que permite el intercambio, no encaja en este precepto. Introducir una obra fonográfica o videográfica en el programa Emule que ha sido previamente convertida a un archivo informático, compatible con dicho programa, no constituye un acto de reproducción. En la mayoría de los casos la conversión se ha realizado previamente para permitir su divulgación a través de Internet, mediante actos que han sido objeto de autorización lucrativa por sus titulares. Resultaría una investigación técnica realmente compleja averiguar qué archivos fueron reproducidos, digitalizados por un usuario de la red P2P y cuales lo fueron por los titulares de los derechos de explotación.
Por otro lado, en materia de reproducción se ha de tener en cuenta el límite recogido en el art. 31.2 de la LPI, pues las obras que circulan en “el almacén” generalmente ya se han divulgado, por persona física para uso privado con un acceso legal (pues la red P2P es legal) y la copia no es objeto de una utilización lucrativa, ni tampoco colectiva, pues estas dos expresiones se refieren a la posterior utilización que se hace de la obra una vez descargada, una vez obtenida la copia. Salvo los casos en que se haga una utilización en un ámbito público o con una finalidad lucrativa, claro está.

Por lo que se refiere a la distribución, el art. 19 del LPI señala que “Se entiende por distribución la puesta a disposición del público del original o de las copias de la obra, en un soporte tangible, mediante su venta, alquiler, préstamo o de cualquier otra forma.” Parece que dicho precepto no está pensado para los soportes digitales ni para los intercambios sin ánimo de lucro. De la lectura de dicho precepto parece desprenderse que la tangibilidad se refiere a la existencia de un soporte físico de la obra y tampoco casa exactamente con el comportamiento de las redes P2P.

El derecho de explotación que podría verse comprometido con la actividad desarrollada en las redes P2P es la comunicación pública a la que se refiere el art. 20 al indicar que “1. Se entenderá por comunicación pública todo acto por el cual una pluralidad de personas pueda tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas. No se considerará pública la comunicación cuando se celebre dentro de un ámbito estrictamente doméstico que no esté integrado o conectado a una red de difusión de cualquier tipo.

2. Especialmente, son actos de comunicación pública: i) La puesta a disposición del público de obras, por procedimientos alámbricos o inalámbricos, de tal forma que cualquier persona pueda acceder a ellas desde el lugar y en el momento que elija.”

Sin duda que mediante las redes P2P se produce una puesta a disposición del público de obras sin previa distribución de ejemplares. Y este comportamiento puede en muchos casos ir encaminado a una pluralidad de personas. Sin embargo, de nuevo, el tipo legal no cuadra exactamente con el comportamiento de los usuarios de tales redes, puesto que, por un lado, en la mayoría de los casos el usuario tiene como única intención descargar un archivo desconociendo si de la parte de ese archivo que tiene descargada en una parte del disco duro de su ordenador se están descargando a su vez otro usuario o una pluralidad de usuarios. Puede ser perfectamente posible que el intercambio de archivo sea con una única persona. Por otro lado, tampoco se puede decir que mediante este sistema la puesta a disposición al público de las obras no permite necesariamente ni en todos los casos que los usuarios puedan acceder a ellas en el momento que elijan. Según la propia naturaleza del sistema, la efectiva subida y bajada de datos dependerá de que otros usuarios estén en ese mismo instante conectados. Además, todo ello dependerá de la velocidad de la línea de Internet que puede ser, en algunos casos, muy baja dificultando o impidiendo las operaciones de descarga de los archivos.

Yo sigo diciendo que la SGAE debería desaparecer como tal y que todo eso lo gestionase el Ministerio de Cultura, es lo mejor. Así no habrían intereses políticos, ni bajadas de pantalones, ni denuncias absurdas que terminan con las fiestas de un pueblo, ni grabaciones ilegales de bodas para poder denunciarles, ni cobros indebidos en conciertos benéficos, ni intrusiones en casas haciéndose pasar por agentes de la ley.

Pero como suele ocurrir, lo ideal siempre esta lejos de lo real :(

Bueno, nos vemos en el siguiente post y tened cuidado no os coja el fantasma de Michael Jackson!!!

4/7/09

Poco a poco…

Dicen algunos, mi favorito es: Vísteme despacio, que tengo prisa.

Creo que es hora de hacer algo por este blog y es darle mas calidad, no hay que hablar por todo, el que mucho habla, poco dice.

Y es por eso por lo que me voy a dosificar un poco, así podre mejorar mis entradas y entrar en mayor profundidad en las noticias y es que un pequeño comentario no es nada.

Así que cada poco tiempo publicare nuevas entradas, pero esta vez mucho mas elaboradas ^^

3/7/09

Nueva noticia…

…que de nueva no tiene nada ^^ Al parecer van a adelantar las elecciones en Honduras para que se elija un nuevo presidente, muy raro no? sobretodo si es un golpe de estado… Al final va a ser verdad que lo hicieron por el bien de todos.

Después de 15 días de desconfianza en el director del CNI, Alberto Sainz dimite de su cargo. Dice que dimite para no perjudicar a la organización xD No es por nada pero con lo que le acusan se lo podría haber pensado antes no?

Con el labio hinchado por la picadura de un mosquito no hay muchas ganas de escribir nada así que os dejo aquí la ultima noticia:

Un jugador roba en el mundo virtual para pagar deudas reales, al parecer ocurrió en el juego EVE Online y los detalles siguiendo el link ^^

1/7/09

Pobre Honduras…

Ya hay gobierno  provisional y han jurado sus cargos, se supone que en poco habrán elecciones pero eso no importa.

El ex presidente dice que volverá al país mañana (jueves) y la comunidad internacional así como la ONU le apoya, como es un presidente depuesto pues todos tienen que apoyarle.

Sinceramente, hay votaciones que no se deben hacer, como la que intentaba Ibarreche, un referéndum sobre la independencia del País Vasco. Si la gente llega a decir que si, le habrían dado alas a ETA, y si dicen que no, ETA habría dicho que esta amañado. Es decir, fuese cual fuese el resultado, no traería nada bueno.

Y pasando ahora a otras noticias: BIC pone el móvil de usar y tirar. Se podrá comprar en los estancos, como si fuese un boli y costara 29€ y tendrá 12€ de saldo. Interesante, sobretodo cuando debido a las nuevas leyes de seguridad, hasta los teléfonos desechables necesitan ser identificados…

El juicio contra The PirateBay no será declarado nulo: razón aquí

Fraude a compradores de videojuegos en tiendas inglesas, al parecer el fraude ha sido por internet, usando portales de compras muy conocidos (Amazon por ejemplo) y según afirman, podría guardar relación con la publicación accidental de los datos de mas de 19 mil tarjetas de crédito, donde se incluían todos los datos personales. Los ingleses y sus fallos de seguridad…

Una noticia buenísima ^^ crean un pendrive de 16gigas del tamaño del conector USB!!

Cada vez mas pequeños, eso si, mas pequeños ya no se puede, si lo hacen mas pequeño no podria entrar en el conector USB del ordenador ^^

Hace tiempo comente que la Asociacion de Internautas habia denunciado a Sinde (la nueva ministra de cultura) porque tenia conflictos de intereses, pues bien, les han hecho caso y ahora le han abierto un expediente, y la oficina de Conflictos de Intereses (al parecer hay una) le pide explicaciones a la ministra ^^ Veremos como acaba…

Solicitaban 18 meses de cárcel y casi 17.000 euros por 8 copias, porque cuando tendieron una trampa a un internauta, este les paso peliculas cobrandoles por ello, lo mejor de todo: la sentencia “como esas peliculas se pueden adquirir gratuitamente en muchas otras webs, no merece ningun reproche penal” y se quedan tan panchos ^^ Entre los unos y los otros, estan todos locos, vamos a ver, si estaba cobrando por las peliculas habia interes comerial y lucrativo asi que constituye un claro delito y aun asi no le hacen nada? Estan todos locos…

Bueno esta noticia es muy buena ya que revela el verdadero secreto de la nueva PSP Go, cuando muchos oimos que no podrias introducir ningun juego, ya sea por umd o lo demas, nos quedamos locos, cuando dijeron que todos los juegos se iban a tener que comprar en el PlayStation Network (es decir online) nos quedamos de piedra. Muchos no le vieron el sentido y arremetieron contra Sony, pero esto lo explica todo: La PSP Go tendra app-store!! Y funcionara igual que la de Apple ^^ Es decir, cualquier desarrollador, ya sea una compañia de videojuegos como un desarrollador casero, puede crear aplicaciones para la consola y publicarlas en la Store, ya sean gratuitas o de pago, es decir, se acabo lo de piratear la PSP para utilizar las aplicaciones de terceros, las utilidades de otros y otras cosas, ahora cualquiera podra descargar las aplicaciones que quiera y cualquiera podra crear las aplicaciones que quiera, y como pueden decidir si cobrar por ellas o no, es un verdadero mercado libre. Ole por Sony y ojala que hagan lo mismo para su PS3 ^^

Por ultimo quiero cerrar con una noticia que a mi me encanta: Final Fantasy 7 ha recibido mas de 100000 descargas desde que PlayStation Network lo puso a la vente hace unas semanas, es todo un clasico y hay que sumar las nuevas ventas, alas que realizo desde 1997 ^^ A diferencia de lo que pone en 20minutos.es, que dicen que el coste es de 9’99$ es mentira, yo soy uno de los compradores y no son dólares el precio, son euros y no es los mismo 9’99$ que 9’99€ ^^

Esta noche escribire un poquito mas, si es que puedo, y me pongo un poco con mis reflexiones ^^ Nos vemos!

29/6/09

Resumiendo un poco…

Hay gente que lo de Honduras les cae como noticia nueva así que vamos a resumirlo un poco.

El actual presidente de Honduras quiere permanecer en el poder, por eso convoco un referéndum con el cual podría seguir gobernando el país sin reelección, es decir, hasta su muerte, osease quería convertir la democracia en dictadura.

Algo parecido también lo intento Hugo Chávez pero le salió mal ^^

Los militares dijeron que eso no se podía hacer y uno de ellos encabezo la protesta. Los jueces confiscaron las urnas y dijeron que esa votación no se podía hacer.

Entonces el presidente destituyo al militar que encabezaba la protesta pero tubo un problema, los jueces revocaron su decisión y le restituyeron el puesto. Ante eso, el presidente incito a los civiles a recuperar las urnas porque los militares que las custodiaban estaban “violando la libertad de voto”. Cuando la muchedumbre entro en la base, los militares decidieron darles las urnas en vez de abrir fuego, no querían herir a ningún civil.

Ahora cuando el presidente de Honduras disponía todo fue cuando ocurrió, por mandato judicial y con el apoyo de su propio partido, fue detenido por crímenes contra la democracia y expulsado del país. El vicepresidente del gobierno tomo el relevo y dijo que se debía proteger la democracia y que por eso se había expulsado al ahora ex presidente. Además alego que las medidas tomadas por los jueces y fuerzas del orden seguían solo un propósito: defender los derechos de los ciudadanos descritos en su Constitución.

Desde el exterior, el ex presidente alega que lo que han echo es un golpe de estado, se ha marchado a Venezuela y ahora con el apoyo de Venezuela y Ecuador, los cuales dicen darle apoyo militar.

Si queréis información mas detallada podéis consultar un articulo parecido en la web de 20minutos.com, allí especifican mas que yo, diciendo nombres y todo lo demás. Y que conste que no me he basado en el, cuando termine de escribir esto me di cuenta de que era posible que alguien mas lo hubiese publicado así que lo busque por internet y salió ese articulo.

26/6/09

Nos quedamos sin el rey…

Yo crecí escuchando sus canciones y ahora nadie mas podrá disfrutar de su talento, porque no podrá componer ninguna mas.

Michael Jackson ha muerto de una parada al corazón.

Era muy excéntrico y arrogante pero es que tenía mas motivos que nadie. Descansa en paz Michael.

Os dejo si gran hito, el primer video musical jamás creado: Thriller

24/6/09

Noticias chorras!

Va un caracol y derrapa!

xD La verdad con los tiempos que corren no me extrañaría en absoluto pero vamos a otras noticias que ahora se esta celebrando el partido España –EEUU y quiero verlo. No me gusta el futbol pero siempre veo los partidos de la selección ^^

No me lo puedo creer acaba de marcar EEUU!!

Condenada a pagar 900 euros por agujerear el suelo de un piso con sus tacones, resulta que las suelas no llevaban las tapas protectoras y le destrozo el suelo de tarima recién colocado, aun así, el demandante reclamaba una indemnización para cambiar toda la tarima pero el tribunal dijo que era demasiado ya que solo eran desperfectos estéticos y no funcionales. Así que ha tenido suerte la chica ^^

FIA y FOTA llegan a un acuerdo para que haya un solo mundial de Fórmula 1 en 2010, gracias a esto, solo habrá una competición, que será la F1, llevada por la FIA y el presidente actual de la FIA no se volverá a presentar a la presidencia, es decir, a partir de octubre no le tendrán que aguantar mas. A diferencia de lo que se ha dicho, no le han echado, se va el ^^

Al estilo de “La guerra de los Mundos”: El anuncio de una película genera miles de llamadas sobre avistamientos de alienígenas, es impresionante la campaña que han hecho y los resultados obtenidos ^^ pero mejor es esto:

Los piratas que descargaron ilegalmente 'Los Sims 3' se bajaron una demo. Según John Riccitello, CEO de Electronic Arts, todo esto no es más que una de las campañas de marketing secretas más exitosas de la historia de la compañía. Todo lo que hicieron fue concentrar en territorios receptivos a la piratería, como Polonia y China, una demo del juego. Lo mejor de esto es que seguro que consiguen mas ventas gracias a ello. Les salió muy bien la jugada y les felicito por ello ^^

Encuesta sobre las descargas y el P2P:

  • El 86% dice no sentirse influido por las campañas antipiratería.
  • El 51% teme que les puedan quitar Internet por el uso del P2P.
  • Un 59% piensa que estas redes favorecen a la cultura.
  • La verdad es que teniendo en cuenta lo de Los Sims 3, ese 59% de los encuestados tienen bastante razón, ¿no os parece?

    Y por ultimo me despido con una curiosidad: Seguridad en tu picaporte!

    Lo mejor es el sistema que utiliza, pones los números, intentas abrir y si es correcta la clave, el picaporte empieza a moverse arriba y abajo xD

    Si es que lo que no se invente…